¿Cómo saber si un familiar fallecido tenía un seguro de vida?

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¿Cómo saber si un familiar fallecido tenía un seguro de vida?

Se puede dar el caso que tras el fallecimiento de una persona, los familiares desconozcan si existen algún seguro del que podrían ser beneficiarios.

Para ello existe un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia, donde figuran los contratos de seguro de vida y accidentes, denominado Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.

Las entidades aseguradoras tienen la obligación de informar y actualizar este tipo de contratos en el citado registro, de forma que como ciudadanos tenemos centralizado un único punto donde poder obtener la información.

¿Qué información encontramos en este registro?

Datos identificativos de la persona asegurada:

  • Nombre y apellidos
  • Número de documento acreditativo de identidad (DNI, NIF, etc.)

Datos identificativos de la entidad aseguradora:

  • Denominación social
  • Domicilio
  • Clave administrativa con la que figura inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras
  • Código de identificación fiscal

Datos identificativos del contrato de seguro:

  • Número de contrato o referencia al Reglamento de Prestaciones de la Mutualidad de Previsión Social, en su caso.
  • Tipo de cobertura

¿Cómo se solicita esta información?

Tenemos diversas opciones para solicitar este certificado.

Presencial/por correo:

  • Pagar la tasa correspondiente en cualquiera de las entidades colaboradoras de recaudación tributaria.
  • Personarse (o hacer la petición por correo) en el Registro General de Actos de Última voluntad (Pza. Jacinto Benavente nº 3, 28012 Madrid) o en alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, conjuntamente con el certificado literal de defunción de la persona de la cual quiere obtenerse el certificado.
  • En el plazo de 7 días máximo el Registro expedirá un certificado con los contratos vigentes y con qué entidades están suscritos. Estos certificados se recogerán de la misma forma en la que se solicitaron (en persona o por correo).

Telemáticamente:

¿Cuándo se puede obtener esta información?

Deben haber transcurrido al menos 15 días desde la defunción y estará disponible durante 5 años.

Una vez las prestaciones han sido satisfechas por la aseguradora, estos datos serán eliminados del registro.

Y finalmente, ¿qué hacer una vez obtenido el certificado?

Una vez que tenemos toda la información relativa a contratos de seguro, tendremos que pensonarnos en las aseguradoras citadas en el mismo, con este certificado junto con el de defunción, para solicitar las prestaciones que correspondan.

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